martes, 5 de junio de 2012


PRESOS POLITICOS EN ARGENTINA


BAJO LAS ADMINISTRACIONES K



1.-Que como nadie puede igno­rar, los mili­ta­res y agen­tes de las fuer­zas de segu­ri­dad pro­ce­sa­dos en dis­tin­tas cau­sas reabier­tas y abier­tas a par­tir del 2003, afron­tan una situa­ción muy par­ti­cu­lar: 


son inte­gran­tes de las FFAA y FFSS de la Nación, que fue­ron empe­ña­das por un gobierno cons­ti­tu­cio­nal en la gue­rra con­tra­rre­vo­lu­cio­na­ria (Dtos. 261, 2770, 2771 y 2772/75) con­tra orga­ni­za­cio­nes arma­das que el gobierno cons­ti­tu­cio­nal del 
pero­nismo cali­ficó como aso­cia­cio­nes ilí­ci­tas y sedi­cio­sas (ERP, MON­TO­NE­ROS, y sus fusio­na­dos y vin­cu­la­dos: 


Dtos. N° 1454/73 1, y N° 2452/75 2, N° 4060/75 3 y N° 4061/75 4), inte­gra­das por 
argen­ti­nos que en las déca­das del 60 y 70 pre­ten­die­ron impo­ner en Argen­tina el socia­lismo revo­lu­cio­na­rio marxista-leninista, finan­cia­das y ayu­da­das desde el 
exte­rior por la URSS, Cuba (que tam­bién inter­vino en la direc­ción de algunas)5, y aún la OLP.


Y que, en su intento de tomar el poder por la vio­len­cia, y alen­ta­das por el mili­tar Juan Domingo Perón 6, no vaci­la­ron en tomar las armas con­tra la Nación y unirse a sus enemi­gos pres­tán­do­les ayuda y soco­rro (incu­rriendo en la trai­ción con­tra la Nación acri­mi­nada por el art. 103, hoy 119, de la CN).


2.-Esos mili­ta­res, actuando leal­mente para la sal­va­guarda de la Nación, derro­ta­ron a las orga­ni­za­cio­nes armadas.


No fue­ron par­ti­sa­nos, ni ban­do­le­ros, sino las fuer­zas lega­les, y lea­les, de la Nación, que fue­ron empe­ña­das en la gue­rra con­tra­rre­vo­lu­cio­na­ria por el pro­pio Perón 7, 
pri­mero (Dis­curso del 22/1/74, luego del ata­que del ERP –ocu­rrido el sábado 19 
pre­ce­dente– a la guar­ni­ción de Azul asiento del Regi­miento 10 de Caba­lle­ría Blin­dada y del Grupo de Arti­lle­ría Blin­dado 1 del Ejér­cito) y luego por su cón­yuge supérs­tite, Vice­pre­si­dente en ejer­ci­cio de la Pre­si­den­cia (Dto. “S” 261/75) y el gobierno que la última enca­be­zaba (Dto. 2772/75).


Esos hom­bres no hicie­ron de su vida un camino de delito, sino de cum­pli­miento de los debe­res impues­tos por sus Coman­dan­tes en Jefe (el citado con­nu­bio 
pre­si­den­cial Perón-Perón, cnfrme. art. 86: 15 CN, art. 9 L. 16. 970) y demás supe­rio­res (L. 14. 029, 16. 970, y 19. 101).


No actua­ron en tiempo de paz sino de gue­rra: 


la gue­rra revo­lu­cio­na­ria que desata­ron y desa­rro­lla­ron des­qui­cia­dos jefes, 
inte­gran­tes y sim­pa­ti­zan­tes de orga­ni­za­cio­nes arma­das ilí­ci­tas y sedi­cio­sas, durante un gobierno cons­ti­tu­cio­nal 8.


Actua­ron, ade­más, con­forme a los regla­men­tos mili­ta­res en vigen­cia (la mayo­ría, de 1968), que el Con­greso de la Nación nunca modi­ficó ni derogó 9, con­va­li­dán­do­los táci­ta­mente 10.


El juz­ga­miento de esos mili­ta­res sólo corres­ponde a tri­bu­na­les mili­ta­res (el que sesionó en Nürem­berg lo fue 11, y tam­bién el del Lejano Oriente que sesionó en Tokio des­pués de la II GM 12 –ambos tri­bu­na­les de gue­rra, de los ven­ce­do­res para juz­gar a los vencidos-), por­que así lo esta­ble­cía el Código de Jus­ti­cia Mili­tar –ley vigente al momento de los hechos-, única forma de cum­pli­miento de la garan­tía cons­ti­tu­cio­nal del juez natu­ral (art. 18 CN, art. XXVI de la Decla­ra­ción Ame­ri­cana de D. y D. del Hombre).


Y con­forme al con­texto his­tó­rico de su actua­ción, y político-jurídico de su empe­ña­miento, debie­ran ser juz­gado bajo el dere­cho de la gue­rra, no bajo el dere­cho de la paz –como arti­fi­cio­sa­mente se ha hecho desde 1984.

3.-Los hechos que se les impu­tan, y con inde­pen­den­cia de su efec­tiva ó inexis­tente par­ti­ci­pa­ción en los mis­mos, fue­ron amnis­tia­dos por las Leyes 23. 492 y 23. 521, en total con­cor­dan­cia con lo pre­visto por el art. 6: 5 del Pro­to­colo II de 1977 Anexo a los Con­ve­nios de Gine­bra de 1949, tra­tado inter­na­cio­nal vin­cu­lante para la Argen­tina, 

rati­fi­cado por L. 23. 379 del Con­greso de la Nación, pro­mul­gada por el pre­si­dente Alfon­sín en 1986 13, con­ven­ción que de acuerdo a la reforma de 1994 tiene jerar­quía supe­rior a las leyes (art. 75: 22 CN).


Ese Pro­to­colo II fue apli­cado por la Comi­sión IDH en el Informe 55/97 refe­rido al caso de La Tablada (ComIDH, 18 de noviem­bre de 1997 — Informe 55/97 C. 11. 137 “Abe­lla, Juan Car­los”, parágr. 156 y ss); todo lo cual es hoy abso­lu­ta­mente igno­rado, des­co­no­cido, por la jus­ti­cia fede­ral argentina.


Sin embargo, los mili­ta­res así acu­sa­dos, están –incons­ti­tu­cio­nal­mente (art. 18 CN, 9: 3 PIDCyP)- pri­sio­ne­ros en actua­cio­nes reabier­tas por apli­ca­ción de la L. 25. 779 en mani­fiesta abro­ga­ción de los prin­ci­pios de irre­tro­ac­ti­vi­dad de la ley penal, cosa juz­gada y ‘non bis in idem’.


4.-Y ade­más, en la gran mayo­ría de los casos están pri­sio­ne­ros ile­gal­mente por tener lar­ga­mente cum­pli­dos los dos años esta­ble­ci­dos en el art. 1º L. 24. 390 como tér­mino de cadu­ci­dad de la pri­sión pre­ven­tiva, dis­puesta en cau­sas que a la fecha lle­van más de 26 años14, un cuarto de siglo largo, por culpa y res­pon­sa­bi­li­dad del pro­pio Estado argen­tino, de accio­nar esqui­zo­fré­nico en fun­ción de las fac­cio­nes polí­ti­cas (a veces, de un mismo par­tido) que cir­cuns­tan­cial­mente lo con­du­cen, y que:


a) BAJO UN GOBIERNO PERO­NISTA (Juan D. Perón, M. E.Martínez de Perón):
* Pri­mero, dis­puso exter­mi­nar a los gue­rri­lle­ros a los que apos­trofó de “psi­có­pa­tas” (Carta de Perón –Pre­si­dente de la Nación y Coman­dante en Jefe de las FFAA-, del 
22-1-1974, luego del ata­que a la guar­ni­ción de Azul15);

* luego, mandó ani­qui­lar la sub­ver­sión empe­ñando para ello a las FFAA (Dtos. 261/75 162772/75 17);

b) BAJO UN GOBIERNO RADI­CAL (Raúl Ricardo Alfonsín):



* El Estado, más tarde, mandó encau­sar a los mili­ta­res que antes empeñó en la gue­rra con­tra­rre­vo­lu­cio­na­ria (Dtos. 158/83, y 280/84, L. 23. 049 art. 10);


* ordenó juz­gar­los, y comenzó a hacerlo, ante sus jue­ces natu­ra­les de la juris­dic­ción mili­tar (art. 1° Dto. 158/83 18, arts. 179, 122),


* luego los sacó de esos jue­ces natu­ra­les y los pasó a juris­dic­ción civil (L. 23. 049 art. 10 19),
* para fina­li­zar con­de­nán­do­los en juris­dic­ción civil pero con apli­ca­ción del Código de Jus­ti­cia Mili­tar –CJM– (art. 1° Dto. 158/83: arts. 502 y ss. CJM; CCC­FED 9–12-85 C. 13/84 20), y exclu­sión del Código de Pro­ce­di­mien­tos en Mate­ria Penal –CPMP– (CCC­FED 9–12-85 C. 13/8421) lo que per­mi­tió la “lega­li­dad” de admi­tir como “tes­ti­gos 
nece­sa­rios” –en con­tra de las fuer­zas lega­les de la Nación– a com­ba­tien­tes 
terro­ris­tas é inte­gran­tes de las orga­ni­za­cio­nes sedi­cio­sas dado que el CJM no 
pre­veía las tachas ó impug­na­cio­nes de tes­ti­gos que sí prevé el CPMP (art. 276 22);


* Asi­mismo el Estado, a tra­vés de la Cámara Fede­ral en esa misma C. 13/84 declaró pres­crip­ti­bles hechos cali­fi­ca­dos como pri­va­cio­nes ile­ga­les de la liber­tad impu­tados al Bri­ga­dier Gral. Orlando Agosti (CCC­FED 9–12-85 C. 13/84 Con­si­de­rando Octavo Punto III ‘b’), lo que la Corte Suprema no sólo con­firmó, sino que tam­bién amplió a otros deli­tos (CSN, Fallos 305: 9 Con­sids. 30 a 37);


* Y a tra­vés de esa misma Cámara Fede­ral (Sala II) el 5 de diciem­bre de 1986 declaró la pres­crip­ción del hecho impu­tado al CC Alfredo Igna­cio Astiz en la Causa HAGE­LIN, y en abril de 1987 tam­bién declaró la pres­crip­ción en el caso de Los Palo­ti­nos 23


* Así el ESTADO ACEPTÓ PLE­NA­MENTE LA PRES­CRIP­TI­BI­LI­DAD DE LOS DELI­TOS QUE PUSO A JUZ­GA­MIENTO mediante el Dto. 158/83 y la L. 23. 049 art. 10;


* El Estado luego amnis­tió, dando fini­quito a la per­se­cu­ción penal mediante la fija­ción de un tér­mino de cadu­ci­dad (L. 23. 492) y la gene­ra­li­za­ción de la exi­mente de 
obe­dien­cia debida (L. 23. 521) sin opo­si­ción de las ban­ca­das pero­nis­tas en el Congreso;


* Y de tal forma, fina­lizó las cau­sas con­tra mili­ta­res, y en par­ti­cu­lar, la Causa N° 761 “ESMA” (1986 y 1987, Leyes 23. 492 y 23. 521); fini­quito vali­dado por la CSN (Fallos 311: 401);


* Asi­mismo el Estado validó reite­ra­da­mente la cons­ti­tu­cio­na­li­dad de las Leyes 23. 492 y 23. 521 (con res­pecto a la L. 23. 492 en CSN, 11/02/1988 – “Jofré, Julia J./formula denun­cia –inci­dente de sobre­sei­miento y extin­ción de acción penal-“ Fallos T. 311: 80; idem 21/6/1988 “Suá­rez Mason, G.”, Fallos 311: 1042 Con­si­de­rando 6 y 7; y con res­pecto a la L. 23. 521 en CSN, 22/06/1987 –“Causa incoada en vir­tud del decreto 280/84 del Poder Eje­cu­tivo Nacio­nal”, “Camps, Ramón Juan Alberto y otros” Fallos T. 310: 1162; y otras posteriores);


c) BAJO OTRO GOBIERNO PERO­NISTA (Car­los S. Menem):


* El Estado indultó (Dtos. 1002 y 1003/89 24, 2741/90);


* Luego con­va­lidó la cons­ti­tu­cio­na­li­dad de tales indul­tos (CSN, 11/12/1990 — R. 109 XXIII “Rive­ros, San­tiago Omar y otros s/ pri­va­ción ile­gal de la liber­tad, tor­men­tos, homi­ci­dios, etc.”, Fallos, 313: 1392; CSN, 14/10/1992 “Aquino, Mer­ce­des s/ denun­cia /Caso Mar­ti­ne­lli / Oliva s/ plan­tea incons­ti­tu­cio­na­li­dad del decreto 1002/89”, Fallos, 315: 2421);


* y cuando ya habían ago­tado todos sus efec­tos, y se había ope­rado la pres­crip­ción 25 de las accio­nes pena­les por toda posi­ble impu­tación del art. 10 de la L. 23. 049, derogó –sin efecto retro­ac­tivo 26-las leyes 23. 492 y 23. 521 (L. 24. 952 BO 17/4/1998).


d) PERO EN UN GIRO COPER­NI­CANO, BAJO UN NUEVO GOBIERNO PERO­NISTA (Nés­tor C. Kirchner):


* El Estado ahora declaró nulas (L. 25. 779) las Leyes 23. 492 y 23. 521 san­cio­na­das por el gobierno radi­cal –que ya habían pro­du­cido ínte­gra­mente sus efec­tos y habían sido derogadas-;


* Luego, apli­cando retro­ac­ti­va­mente la L. 25. 779 27 el Estado mandó reabrir las cau­sas fene­ci­das por el gobierno radi­cal (CCC­Fed. CF Acuerdo Ple­na­rio del 1º de 
sep­tiem­bre de 2. 003);


* ‘a pos­te­riori’, con­va­lidó la nuli­dad de las leyes de amnis­tía del gobierno radi­cal, y tam­bién validó su apli­ca­ción retro­ac­tiva (CSN, 14–6-05, “Simón”, Fallos 328: 2056),


* y cuando tam­bién ya habían pro­du­cido ínte­gra­mente sus efec­tos, declaró nulos los indul­tos de ante­rior gobierno pero­nista (CSN, 13-7-2007, “Maz­zeo, Julio Lilo y otros s/ rec. de casa­ción e incons­ti­tu­cio­na­li­dad” Fallos, 330: 3248).


EN UN ‘CORSI É RIC­CORSI’ ESQUI­ZO­FRÉ­NICO QUE DE POR SÍ CONS­TI­TUYE 
AGRA­VIO A LA MÁS MÍNIMA NOCIÓN DE JUS­TI­CIA Y SEGU­RI­DAD JURÍDICA.


QUE NIEGA Y SUB­VIERTE LA PRO­PIA NOCIÓN DE LA CONTI-NUIDAD JURÍ­DICA DEL ESTADO.


Y CON­VIERTE A LA ARGEN­TINA EN UNA BURLA A TODA NOCIÓN DE DERE­CHO, Y A SUS GOBIER­NOS EN VIO­LA­DO­RES DE LA OBLI­GA­CIÓN DE RES­PE­TAR Y 
GARAN­TI­ZAR LOS DERE­CHOS SUPRA­NA­CIO­NAL­MENTE AFIR­MA­DOS (arts. 1: 1 y 2 PSJCR, 2 PIDCyP).


5.-En el año 2003, como va dicho al prin­ci­pio, comenzó lo que puede ser apre­ciado como la segunda etapa de la gue­rra revo­lu­cio­na­ria, en su faz de bata­lla jurí­dica y 
judi­cial. 


En efecto, a par­tir de enton­ces se creó un nuevo dere­cho, con la falsa pos­tu­la­ción de la apli­ca­bi­li­dad de las doc­tri­nas de terro­rismo de estado y crí­me­nes de lesa 
huma­ni­dad 28, de con­se­cuente impres­crip­ti­bi­li­dad de las fal­sas impu­tacio­nes, con total abro­ga­ción de los prin­ci­pios de ley pre­via, de irre­tro­ac­ti­vi­dad de la ley penal más gra­vosa, de cosa juz­gada, de ‘non bis in idem’, de amnis­tía é indulto, y aún en 
con­tra­dic­ción con el dere­cho inter­na­cio­nal 29 y con la juris­pru­den­cia supra­na­cio­nal 30. Y en lo judi­cial, se uti­liza a la jus­ti­cia fede­ral como dócil súb­dito de tales desig­nios polí­ti­cos fac­cio­sos, per­mi­tiendo esa actua­ción la suje­ción a jui­cio en base a 
pre­sun­tas res­pon­sa­bi­li­da­des obje­ti­vas en las que se impu­tan meras situa­cio­nes de hecho y no actos indi­vi­dua­les, haciendo de la pri­sión pre­ven­tiva una con­dena anti­ci­pada, sin jui­cio, y en base a decla­ra­cio­nes “tes­ti­mo­nia­les” de enemi­gos.


Inclu­sive se ha lle­gado a la enor­mi­dad de sos­te­ner la inapli­ca­bi­li­dad de las facul­ta­des de indul­tar, con­mu­tar penas, ó amnis­tiar, cuando los tra­ta­dos inter­na­cio­na­les que vin­cu­lan a la Argen­tina no sólo no exclu­yen a los pre­ten­di­dos deli­tos de lesa huma­ni­dad de tales potes­ta­des, sino que ade­más inclu­yen expre­sa­mente a la amnis­tía como de apli­ca­ción a la fina­li­za­ción de los con­flic­tos arma­dos inter­nos (art. 6: 5 del Pro­to­colo II anexo a las con­ven­cio­nes de Gine­bra de 1949, apro­bado é incor­po­rado al dere­cho argen­tino por el Con­greso de la Nación mediante la L. 23. 379, san­cio­nada por el Con­greso de la Nación y pro­mul­gada por el Pre­si­dente Raúl Alfon­sín, ya citada y ple­na­mente vigente a la fecha).


Esta bata­lla jurí­dica y judi­cial, que es la fase actual de la gue­rra revo­lu­cio­na­ria en la Argen­tina –y otros países31-, pre­senta carac­te­ris­ti­cas espe­cia­les –que encu­bren y per­mi­ten su continuación-:


* pasa desa­per­ci­bida, por­que el grueso de la pobla­ción (inclui­das las diri­gen­cias polí­ti­cas, socia­les y empre­sa­ria­les, y el perio­dismo inge­nuo) care­cen de los cono­ci­mien­tos bási­cos para com­pren­der el ata­que al que está siendo some­tida la Argen­tina y Amé­rica Latina (algu­nos hasta creen que Chá­vez no es un peli­groso revo­lu­cio­na­rio mar­xista, con capa­ci­dad de gene­rar un des­equi­li­brio geo-estratégico sub-regional);


* es apa­ren­te­mente incruenta, por­que al no ser armada no se advierte la pér­dida de vidas ple­nas que com­por­tan las pro­lon­ga­das pri­sio­nes preventivas;


* es apa­ren­te­mente legal, por­que al nuevo dere­cho lo crean el par­la­mento, el eje­cu­tivo y hasta los jue­ces –que ade­más lo apli­can– (fallos de la CSN “Aran­ci­bia”, ”Simón” y “Maz­zeo”), todo en un gobierno de jure de base for­mal­mente democrática;


* y no tiene fin, pues los jue­ces –com­pe­li­dos por los fis­ca­les depen­dien­tes del Eje­cu­tivo y por el código pro­ce­sal que les manda con­ti­nuar inda­gando y pro­ce­sando a cuanto mili­tar se impute como sos­pe­choso– pro­se­gui­rán su accio­nar hasta que el enemigo quiera seguir impu­tando a hom­bres de las FFAA.


Todo lo cual se acom­paña, ade­más, de la imple­men­ta­ción estra­té­gica de una for­mi­da­ble acción psi­co­ló­gica, con cua­tro tác­ti­cas polí­ti­cas bien defi­ni­das: nega­cio­nismo y/ó fal­si­fi­ca­ción his­tó­rica (de la gue­rra revo­lu­cio­na­ria, del carác­ter delic­tual de los hechos de terro­rismo –los que no se juzgan-), mix­ti­fi­ca­ción jurí­dica (afir­mando que en 
Argen­tina se puede apli­car dere­cho penal con­sue­tu­di­na­rio, en inocul­ta­ble vio­la­ción a los arts. 18, 75: 12 y 118 CN 32), estig­ma­ti­za­ción irre­di­mi­ble (a tra­vés del uso 
per­ma­nente de após­tro­fes y vili­pen­dios en los medios: dic­ta­do­res, repre­so­res, 
geno­ci­das, etc.), é invi­si­bi­li­za­ción (de todo tipo de mani­fes­ta­cio­nes y denun­cias de 
vio­la­cio­nes a los dere­chos y garan­tías que, como a todo habi­tante de a Nación, la cons­ti­tu­ción garan­tiza tam­bién a los militares).


6.-A todo lo cual debe agre­garse que la per­ma­nen­cia inde­fi­nida en pri­sión pre­ven­tiva se trans­forma en una pena sin jui­cio, con vio­la­ción mani­fiesta a las garan­tías 
cons­ti­tu­cio­na­les del estado de inocen­cia y del debido pro­ceso (arts. 18, 75: 22 CN, 8 PSJCR y 14 PIDCyP).


7.-Con­forme a todo lo cual, LOS MILI­TA­RES ENJUI­CIA­DOS POR LAS DOS 
SUCE­SI­VAS ADMI­NIS­TRA­CIO­NES KIR­CH­NER, SON PRE­SOS POLÍ­TI­COS, ya que son per­se­gui­dos en vio­la­ción a todas las nor­mas cons­ti­tu­cio­na­les y lega­les pre­exis­ten­tes apli­ca­bles, váli­da­mente san­cio­na­das por pre­ce­den­tes gobier­nos ‘de iure’.


La Argen­tina del Bicen­te­na­rio debe edi­fi­carse sobre las bases de la con­vi­ven­cia en paz y jus­ti­cia, sin fac­cio­nes en el poder, y sin pre­sos polí­ti­cos mili­ta­res.

* Pro­fe­sor De Garan­tías Constitucionales

* Del Dere­cho Penal
* Facul­tad De Derecho

* Uni­ver­si­dad De Bue­nos Aires

sábado, 19 de mayo de 2012


ARGENTINA: 

HAY 1141 PRESOS POLITICOS EN UN SUPUESTO GOBIERNO DEMOCRATICO.




Explica Inés Hansen, esposa de Aldo Martínez Segón y miembro de la Asociación de familiares y amigos de Presos políticos de Argentina.

Soy esposa de un preso político en Argentina. Sabemos que hoy en Argentina hay 1141 presos políticos en un supuesto gobierno democrático y aparte tenemos 159 muertos en cautiverio. 

Casi en su totalidad esta gente murió sin tener condena, o sea sin estar condenados murieron en las cárceles en manos de este supuesto poder judicial.
 
La totalidad de los presos políticos fueron lo que en la década del 70 lucharon contra las organizaciones armadas que atacaron el país. 

Lamentablemente después de 30 años, esta gente llegó al poder democráticamente y está ejerciendo venganza con quienes los derrotaron en las armas.
 
Lamentablemente los familiares y amigos de los presos políticos estamos luchando denodadamente desde hace 8 años y no conseguimos absolutamente nada, porque el gobierno maneja el poder judicial, los presiona y tenemos jueces prevaricadores, jueces cobardes, que utilizan la justicia para ejercer presión y ejercer su poder frente a gente que esta desvalida que no tiene a quien recurrir en estos momentos.
 
A partir de la administración Kirchner, con Néstor Kirchner empezaron a cometerse todas las atrocidades y a romperse todo derecho en Argentina y se hizo toda una versión hemipléjica de la lucha de los 70.
 
Para los militares, fuerzas de seguridad y civiles que están presos, se les desconoció las amnistías, los indultos, se hizo caer leyes que había promulgado el Congreso y las había homologado la justicia en su momento.
 
Pero para los integrantes de las organizaciones armadas todo eso no existe porque nunca se los llamó a declarar y nunca se les abrió ninguna causa porque esos delitos están prescriptos.
 
Mientras esté este gobierno yo no veo ninguna solución porque en realidad están aplicando venganza sobre los presos políticos, no juicios. 

Le están haciendo creer al pueblo que los están juzgando y en realidad se están vengando porque les quitan todas las garantía y derechos que tienen como ciudadanos, que todos somos iguales ante la ley, en este caso no se da”.

martes, 27 de septiembre de 2011

CRETINO

Balza-retorciendose.jpg

Balza dice que hubo listas de desaparecidos y del robo de bebés.

El ex jefe del Ejército declaró desde Colombia en el juicio por robo de bebés.

El embajador argentino en Colombia y ex jefe del Ejército, Martín Balza, afirmó hoy que "en lo personal" no tiene "ninguna duda" de que han existido listas de víctimas de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar.

Si no tiene dudas y llegó hasta la más alta autoridad del Ejército resulta evidente que como mínimo es PARTÍCIPE NECESARIO y CÓMPLICE.

Los JUECES y FISCALES que no lo entienden así, también pasan a ser PARTICIPES NECESARIOS y CÓMPLICES.

Al declarar por videoconferencia ante el Tribunal Oral en lo Federal 6, el actual diplomático también señaló que, por testimonios que leyó en la causa, el robo de bebés durante la gestión que usurpó el poder el 24 de marzo de 1976 era una práctica "sistematizada".

Nuevamente.

Si el robo de bebés fue una práctica sistematizada, este CRETINO, por la JERARQUÍA que ostentaba durante esa aberrante práctica resulta PARTÍCIPE NECESARIO y CÓMPLICE de la misma.

Los JUECES y FISCALES que no lo entienden así, también pasan a ser PARTICIPES NECESARIOS y CÓMPLICES

En el marco del juicio por la existencia de un plan sistemático de robos de bebés durante la dictadura, Balza afirmó que, en 2000, al leer los testimonios que le exhibió el ex juez Adolfo Bagnasco, por entones a cargo de la investigación, que incluían dichos de "médicas, parteras, enfermeras", llegó a la conclusión que "obedecían a una práctica sistemática".

¿Alguien puede creer que de haber existido ese PLAN SISTEMÁTICO, este CARADURA, recién pudo enterarse en el 2.000?

Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos.

"Si se tiene en cuenta que hoy ya se han encontrado más de 100 niños", en referencia a quienes pudieron recuperar su identidad por la búsqueda de las Abuelas de Plaza de Mayo, "advertimos que no fue algo casual sino sistemático", dijo Balsa, quien no dudó en calificar el robo de recién nacidos como un "repugnante delito".

Repugnante delito del cual el es CÓMPLICE.

Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos.

Sin registro en Campo de Mayo. El diplomático quién aludió a los años de la dictadura como "período trágico de nuestra historia"- señaló que en la zona del Hospital Militar de Campo de Mayo, donde las prisioneras parturientas daban a luz a los niños que luego eran apropiados por los represores, las mujeres "entraban con una guardia de prevención y no se las registraba en los libros".

Señores Jueces y Fiscales.

En esos años siniestros, durante los cuales los integrantes de las FFAA enloquecieron, resolviendo salir a matar a Jóvenes idealistas, robar bebes, atentar contra la humanidad, etc., el CRETINO que declara, por su jerarquía se desempeñaba como Jefe de Día de la Guarnición Campo de Mayo.

Como tal sus RESPONSABILIDADES eran IMPORTANTES.

Como Teniente Coronel Jefe de Día, todas las Unidades, Organismos e Institutos con asiento en Campo de Mayo y aledaños (incluye el Colegio Militar de la Nación) y el Hospital Militar Campo de Mayo quedaban a sus.

Debía llevar el registro y control de todas las operaciones realizadas en su turno e informarlos al finalizar su turno. Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos.

Ante una consulta puntual sobre si esas prácticas fueron ordenadas, consentidas o autorizadas por las máximas autoridades militares de entonces, Balza afirmó:

"No tengo ninguna duda de que esas órdenes no fueron impartidas por un subordinado ni un oficial de menor rango".

Bueno.

Una verdad entre tantas mentiras.

Pero una verdad a media también es una mentira.

Este CRETINO no era un oficial de menor rango.

ERA UN OFICIAL DE ALTO RANGO.

Era uno de los que IMPARTÍA y CONTROLABA las ÓRDENES.

Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos

El ex jefe del Ejército también admitió que "se comentaba" que en ese centro militar existía un denominado "lugar de reunión de detenidos" en referencia al centro clandestino de detención y torturas que allí funcionaba y que se trataba de un sitio cuyo acceso estaba "expresamente prohibido".

Si ese era el comentario

¿Porqué no lo denunció?

Partícipe necesario.

Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos.

Nicolaides.

Entre las revelaciones que Balza ratificó ante los magistrados durante la videoconferencia fue la orden dada por el ex jefe del Ejército Cristino Nicolaides, en las postrimerías de la dictadura, para que en las unidades militares entregasen a la jefatura de la fuerza la "documentación clasificada de la lucha contra la subversión".

El objetivo de ese pedido era para "proceder su incineración", tal como se desprende del "mensaje militar conjunto" (al que Balza calificó como "orden") emitida por Nicolaides el 22 de noviembre de 1983 y que debía ejecutarse antes del 1 de diciembre ya que días después asumía el presidente constitucional Raúl Alfonsín.

¿Por qué no lo denunció?

¿Cumplió la ÓRDEN? Jueces y fiscales; este individuo los está involucrando, usando y transformando en PARTÍCIPES NECESARIO y CÓMPLICES de sus delitos propios delitos

http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/balza-dice-que-hubo-listas-desaparecidos-robo-bebes

Nota.

Los textos en rojo fueron agregados al artículo original.

miércoles, 10 de agosto de 2011

JUICIO MARGARITA BELEN

Los delitos de Lesa Humanidad made in Argentina

Testimonio de Alejandro, hijo del Coronel Losito, sobre la injusta condena que, a su juicio, sufrió ayer su padre junto a sus compañeros de causa.

Entonces eran Subtenientes, cuya principal virtud, como la de todo Subteniente,era la obediencia a las órdenes del servicio que eran Indiscutibles.

Realmente conmovedor lo que narra Alejandro Losito , una apretada síntesis del año que duró el juicio.

Hoy 16 de mayo de 2011 fuimos a escuchar la condena de papá.

Lamentablemente la sabíamos desde el día uno de comenzado este juicio, un año atrás, incluso nos preguntábamos porque lo estiran tanto si al final de cuenta todos conocemos el final del cuento.

Un año convivimos con esa doble angustia de saber el resultado y rogar que sea lo antes posible. Es como el convaleciente que ruega que su mal se acorte lo máximo posible; es una sensación rara, difícil de explicar.

Quizá sea más claro tratando a duras penas describir lo que son estos juicios, para explicitar nuestro presagio:

Tenemos 4 personas que personifican a los jueces.

Un ejército de fiscales y querellantes por un lado y un reducido número de defensores por el otro.

Afuera se escuchan los cantos de algunas personas, cuyo ruido hace aparentar que son miles.

Se inicia el proceso de formalidades.

Las defensas piden la nulidad del juicio, por varias causas, a lo que la contraparte contesta con argumentos como “esto ya fue resuelto”.

El tribunal llama a cuarto intermedio para “resolver”, y esa es la 1er escena, donde generalmente los familiares de los presos políticos se van entusiasmados “si los jueces dan lugar a las nulidades se termina todo esto” es el comentario común.

Es tan grande la alegría de dejar atrás 4, 5, 6, 7 y hasta 11 años de injusta detención (porque los familiares de los presos políticos se encuentran presos con ellos porque se trata de su padre, de su hijo, de su esposo, de su abuelo, de su tío), que realmente ese día es el único, en mi opinión, donde el corazón se gratifica.

Sin embargo es una alegría efímera, el tribunal tarda lo que dura la lectura de su “decisión” para truncar de lleno esas esperanzas que durante un breve lapso calmaron las angustias.

Y así comienza el largo calvario de la familia y de los presos políticos.

A partir de este momento todo termina; todo será en vano, cualquier intento defensivo será desestimado.

Cualquier aberración jurídica y humana cometida en contra de los imputados queda subsanada y confirmada por el eslogan “delitos de lesa humanidad”.

Quien se encuentra enrolado en esa categoría deja de tener un status de persona para convertirse en parte sustancial de un plan político.

Lo jurídico nada tiene que ver con lo político.

Su objeto es distinto, sus reglas a veces se contraponen y las decisiones tienen premisas y principios desiguales.

Dicen que cuando entra la política por una puerta la justicia sale por la ventana, y en estos juicios, no le han permitido siquiera salir, directamente la han aniquilado.

Vienen numerosos testigos, cuyos relatos son incomprobables materialmente.

Se contradicen entre ellos, sin perjuicio de lo cual sus dichos tienen fuerza de ley. Incluso algunos no vieron nada ni escucharon ni olieron ni palparon, sólo contaron lo que le comentaron.

Y margarita Belén fue un 100 por 100 de testigos que opinaron sobre lo que para ellos había pasado.

Esa presunción iuris et de iure que gozan los testigos inquisidores cesa al momento en que uno osa ir en contra de todo el armado.

Pobre de él, contradecir las palabras santas de los compañeros.

Me viene a la cabeza Maidana.

Este testigo fue presentado en el juicio como la llave que iba a abrir la puerta del horror, pues había sido un testigo presencial de Margarita Belén según la parte acusadora.

Maidana escribió un libro, cuyo director de obra fue el actual Ministro de Educación del Chaco Francisco Romero.

Maidana relató en el juicio que el capítulo dedicado a Margarita Belén había sido escrito por Romero y que le habían ofrecido plata para declarar.

Él se opuso en su momento a que ese capítulo esté en su libro, porque él desconocía esos hechos, nunca estuvo presente.

Lo publicó solamente porque pensaba que era una historia ficticia.

Vaya macana Maidana, lo pusiste en evidencia al ministro.

No te das cuenta que su versión no admite prueba en contrario.

Acaso no comprendiste que si algún compañero te dice que vos estuviste, vos estuviste.

Maidana vos tenías que decir que viste a los acusados ahí en los hechos,

¡los nombres Maidana, los nombres!

No es tan difícil.

Ahora al tribunal no le queda otra que investigar tu falso testimonio, porque nadie discute que vos hayas dicho la verdad, sino que contradijiste una prueba que no se puede contradecir, es decir la palabra del compañero Romero.

Todas las pruebas aportadas por la acusación siempre son válidas, hasta el libro de Maidana.

La defensa puede presentar instrumentos públicos, instrumentos privados, testigos, declarar, no declarar, etc. que sus pruebas gozan de una presunción diametralmente opuestas a la de los testigos, son pruebas nulas y contraproducentes iuris et de iure.

Los “delitos de lesa humanidad”, made in Argentina, son impermeables al derecho de defensa.

Se encuentran enmarcados dentro de un esquema que anuló el debido proceso, manteniendo sólo puras formalidades, con el objeto de blanquear una decisión política ya tomada: LA CONDENA Y LA PRISIÓN DE POR VIDA.

Como bien definió mi padre en sus últimas palabras “estos procesos son el arte de aparentar lo justo”, donde subyace por sobre todo intereses económicos.

Los abogados acusadores se enriquecen, los jueces se mantienen y ascienden en sus cargos, los funcionarios y políticos se encastran en sus puestos, utilizando este sistema premeditado de liberación del poder punitivo estatal, ocultando su ruines objetivos en la argucia de ser los defensores de los Derechos Humanos y todo ello a costa y en desmedro de la libertad, salud y vida de los presos políticos, de la sociedad, de la Constitución Nacional y fundamentalmente de la justicia y la verdad.

A los jueces, Yunes, Belforte y Alurralde, les expreso mi más sincero repudio, por haber sido partícipes de este plan, por haber usado el poder que el Estado les confirió para fines mezquinos y prevaricadores.

Por haber pisoteado y violado sistemáticamente la Constitución Nacional que juraron respetar y hacer respetar.

Sin embargo deseo que jamás sean sometidos a procesos injustos como los que ustedes han sometido a mi padre y sus compañeros de causa.

Que sus familias no sufran lo que nosotros, el escarnio y el sufrimiento diario de saber que nuestras esperanzas de justicia se encontraban sumergidas en un estanque de estiércol.

El peso de haber hecho lo que no debían, y haber perjudicado al prójimo violando su sagrada misión que es hacer justicia, por el vil precio de 20 piezas de plata, lo llevaran consigo para siempre.

Hoy en el Consejo de la Magistratura estuvimos presentes, toda la familia Losito.

Compartimos todo el día esperando que nos digan aquello que tanto sabíamos pero que cuesta asimilar.

Nos acompañaron nuestros amigos y familiares, a quienes les agradecemos eternamente.

También tuvimos nuestra representante en el Chaco, mi querida hermana Valeria, que en un rapto de audacia y valentía decidió viajar para acompañar este proceso allá, en el frente.

Todos juntos escuchamos esa palabra tan dolorosa pero tan anunciada: CONDENAR.

No existe plazo ni vida ni palabras que pueda calmar el dolor que sentimos, pero tampoco existe afrenta, atropello, revés ni sufrimiento que pueda destruirnos.

Comenzamos, seguimos, continuaremos y moriremos en pie de batalla, siguiendo con el espíritu que nos inculcó nuestro padre el Coronel (R) veterano de la guerra de Malvinas (“VGM) Horacio Losito y que aún hoy, luego de pasar años en prisión, mantiene intacto.

¡POR LA LIBERTAD DE TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS DE ARGENTINA!.

Alejandro Martín Losito.

Este Mensaje, es parte de la Verdadera Historia Argentina.

palabras finales del Coronel HORACIO LOSITO, antes de su condena a perpetua.

Dirigido Especialmente los Jóvenes que no vivieron esa época, para que sepan la verdad de la Historia y no la que se difunde en la Actualidad o se les quiere inculcar en las Escuelas.

Los que Vivimos esa Época es "Obligación" decirles la verdad.

FUE UNA GUERRA NO CONVENCIONAL.

Gracias a que se gano "TODAVIA" no somos Cuba.

(VER VIDEO EN DESCRIPCION)

http://www.youtube.com/watch?v=wTAuyI3uD9U

Agencia Tábano de Carlos Manuel Acuña



domingo, 26 de junio de 2011

NO HABRA LLEGADO LA HORA DE MORDERLE LOS HUEVOS AL LEON ?

Queridos compañeros y camaradas:

El ultraje es permanente.


Si consideramos que los apresamientos son como consecuencia de haber honrado la palabra dada cuando juramos defender la Bandera hasta la muerte, evitando por todos los medios que flameara el trapo rojo en los mástiles de la Patria, fácil nos resultará concluir en que ya pasó el tiempo del abogado.

¡Éramos tan chicos, y ya éramos soldados!

Nunca dejemos de serlo.

Hace poco me consultó un joven General, echado a los pocos meses de haber ascendido.

Estaba preocupado por el giro que están tomando los juicios y lo pertinaz de la persecución.

Pienso que, a veces, en momentos dolorosos vale la pena una sonrisa.

Entonces, al camarada que me consultaba le contesté con un viejo cuento.


Dice así: En el África del apartheid, un negro que andaba en su auto por los barrios de los blancos cometió una infracción de tránsito.

Fue apresado, llevado ante un tribunal de "Justicia" y condenado.

La pena consistía en luchar de igual a igual con un león.

Ambos contendientes deberían ayunar durante dos días, antes del combate.

Cuando llegó la hora, el negro fue llevado al estadio de los blancos, colmado de público.

Fue atado (se le dijo que era una precaución para que no resultara lastimado el león, ya que había que preservar el ecosistema, y se trataba de una especie en vías de extinción).


Luego se lo introdujo al negro en un pozo, sobresaliendo únicamente su cabeza.

El león, hambriento y feroz, fue soltado.

Arremetió contra el infractor y en la primera pasada le arrancó una oreja; volvió a la carga, hecha agua la boca, y en la segunda arremetida le arrancó al negro la nariz y un trozo de cara; cuando encaró la tercera embestida, el mortificado negro lo vio venir, lo midió e hizo un movimiento evasivo con la cabeza, logrando morderle fuertemente los huevos al león.


De las tribunas surgió un alarido histérico: "¡Peleá limpio, negro hijo de puta!"

La historia del negro y el león viene a cuento.


Resulta que, luego de treinta años, el enemigo con ropaje cívico nos apresa y nos dice:

Nosotros no somos como ustedes: les reconoceremos sus derechos, los
someteremos a los jueces de la Constitución, no como lo que ustedes
hicieron con sus pobres víctimas, indefensas e inocentes.


Les daremos, en fin, un juicio justo en el que contarán con todas las garantías.

A ver qué tienen que decir, ¡defiéndanse!

Bueno, en primer lugar, las leyes de Punto Final y Obediencia Debida…

¡No! Esas leyes no sirven más, fueron declaradas inexistentes por la
nueva Corte Suprema…

Ah, bué…, entonces invocamos en nuestro favor la prescripción de la acción penal, ya que se trata de hechos que pasaron hace más de un cuarto de siglo y…

¡No! Esos hechos nunca prescriben, porque se trata de delitos imprescriptibles, de lesa humanidad…

Ah, entonces, nos amparamos en el principio de la cosa juzgada (non bis in ídem), nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa, y nosotros ya fuimos sobreseídos…

Sí, pero no… Tampoco pueden ampararse en la llamada "cosa juzgada"
porque esos juicios fueron nulos, resueltos en mérito a leyes que no
existen más y se oponen a los Tratados de Derechos Humanos que se
incorporaron a la Constitución Nacional a partir de 1994.

Está bien, entonces invocamos la amnistía y el indulto, lo que impide que se nos vuelva a juzgar…

Claro.


Pero las amnistías y los indultos están prohibidos para amparar delitos crueles, atroces y aberrantes, como los que ustedes cometieron contra nosotros…

Entonces alegamos el cumplimiento de las órdenes del servicio, impartidas por autoridades constitucionales, para combatir al terrorismo y a la subversión apátrida, en tiempo de guerra; está claro que según la ley vigente en el momento, los delincuentes eran los terroristas y no las Fuerzas legales…

Sí.


Pero ahora, según los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, el único delito de terrorismo que existe, es el "terrorismo de Estado", que se asimila al crimen de "lesa humanidad", por lo que no se puede alegar el cumplimiento de órdenes ilícitas.

Planteamos, entonces, la nulidad de todo lo actuado por jueces designados después de 1983, pues no son nuestros jueces naturales, los cuales nos fueron quitados (lo que pone en riesgo la validez de las órdenes de detención que están librando los actuales magistrados carentes de competencia para juzgar estos hechos)…

¡Error! Después de 1983, cuando se reformó el Código de Justicia Militar, ustedes eran juzgados por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, integrado por militares y no por jueces de derecho.


La nueva ley no les sacó jueces, sino que les dio más jueces, y por añadidura, más aptos, letrados, capacitados e independientes.

La nueva ley, en fin, les dio mayores garantías…

Aparte, la Corte Suprema de la democracia dijo que esa reforma era constitucional.

Ah, no lo habíamos visto así.


Entonces, si la reforma de Alfonsín fue constitucional, ¿por qué se declararon inexistentes o inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia debida, que también son de aquella época y que fueron aplicadas muchas veces por la Corte Suprema de la democracia?

Es que, como ya se les explicó hasta el cansancio, se trataba de leyes que servían para la impunidad de delitos que lesionan garantías contenidas en los Tratados Internacionales que fueron incorporados a la Constitución en 1994.

Bien, entonces invocamos el principio de irretroactividad de la ley penal más grave, o de retroactividad de la ley penal más benigna, que es un principio fundamental del derecho penal liberal, y que impide que se nos juzgue en base a leyes dictadas con posterioridad al hecho.

Ese principio no rige en casos de delitos de lesa humanidad, como los que ustedes cometieron… ya que, al ser imprescriptibles, los van atrapando todas las leyes que se vayan dictando a lo largo de la historia de la humanidad…

Entendido, entonces, permítasenos ampararnos en el principio de legalidad, contenido en el sistema del "tipo penal" (todo lo que no está prohibido, está permitido), pues el delito de "lesa humanidad" no está tipificado en nuestro Código Penal, ni en nuestra Constitución Nacional…

Bien, eso es cierto…


Pero no se impacienten, ya lo estará algún día....

Por ahora, si bien no ha sido descrito con el rigor formal que exige la ley penal en materia de "tipicidad", hay un par de descripciones en el planeta, una de las cuales obra en la Convención de Roma, creo…

Y así, podría seguir hasta el infinito.

Pregunto: ¿no habrá llegado la hora de morderle los huevos al león?

Un fuerte abrazo para todos, y especialmente un orgulloso saludo militar a nuestros prisioneros de guerra.

Nota: El autor remitió esta carta a sus compañeros de promoción del Colegio Militar de la Nación, con ocasión de las nuevas detenciones de personal militar.


Donde no hay justicia es peligroso tener razón, ya que los imbéciles son mayoría. (Quevedo)


"Desgraciados los que miden mal y pesan mal; los que cuando otros miden, exigen la medida llena, y cuando miden ellos, disminuyen la medida y el peso de los otros."

(Mahoma).

"La peor forma de injusticia es la justicia simulada."

(Platón).

Saludos.

Cada uno es dueño de pensar con su propia cabeza y de sentir con su propio corazón, es algo personal y privado, pero sus palabras son Públicas.

sábado, 21 de mayo de 2011

¡LIBERTAD AL CORONEL LOSITO!

Coronel Veterano de la Guerra de Malvinas ("VGM") Horacio Losito nacido en Buenos Aires, el 3 de agosto de 1951 (59 años) es un militar argentino que sirvió en el arma de infantería desde comienzos de la década de 1970.

Combatió en la Guerra de las Malvinas en la Compañía de Comandos 602, donde fue herido de gravedad y cayó prisionero.

A partir del año 2003 tuvo que enfrentar la acusación de violación de los derechos humanos en Argentina durante el Proceso de Reorganización Nacional y actualmente se encuentre cumpliendo condena.

Inicios de su carrera militarA la edad de 12 años, Horacio Losito ingresó al Liceo Militar General San Martín y luego al Colegio Militar de la Nación, egresando del mismo como subteniente del arma de Infantería en el año 1972.

Durante la década del 70 Losito fue uno de los militares argentinos que hizo el curso de comando, mediante el cual los soldados de carrera se preparaban para luchar como tropas especiales.

Este curso sería muy importante en la posterior carrera militar de Losito.

Acción en Malvinas

Durante la guerra de las Malvinas el Equipo Especial Halcón 8 fue enviado a la lucha con el nuevo nombre de Compañía de Comandos 601.

Luego fue organizada la Compañía 602, a la cual convocaron a militares que en el pasado habían realizado el curso de comandos.

Horacio Losito, con el rango de teniente primero, prestaba servicio en el Regimiento de Infantería 11 de Tupungato (Mendoza) cuando fue convocado a la guerra, el 22 de mayo de 1982.

Losito fue nombrado segundo jefe de la primera sección.

La Compañía de Comandos 602 llegó a la Isla el 26 de mayo de 1982 y el 28 de mayo su sección fue enviada a su primera y última misión, que consistió en infiltrarse en territorio enemigo y destruir la retaguardia.

La sección partió en helicópteros en la madrugada del 29 de mayo y tomó tierra en Monte Simons, sin saber que a tan sólo 15 km se encontraba el puesto de comando del General Thompson, comandante de la Tercera Brigada de Comandos del Reino Unido.

Luego de una incesante marcha, con el frío polar característico de la Isla, los comandos se encontraron con el arroyo Malo.

Era de noche y el frío era abrumante, tan es así que no sobrevivirían al intemperie.

Debido a las inclemencias del tiempo, los comandos debieron optar por dormir en una casa, de madera, un puesto ovejero.

En ese lugar se desataría el combate de Top Malo House (Casa al tope del arroyo Malo), uno de los combates más feroces de la guerra y en la cual se condecoraría a gran cantidad de soldados.

Fuerzas de elite británicas con órdenes de aniquilar al enemigo atacaron con todo tipo de armamento a la casa.

El Teniente Primero (post mortem) Espinosa, que se encontraba de guardia en la parte superior de la casa cuando se desató el ataque, abrió fuego y logró atraer las balas enemigas hacia él, para que el resto puediera salir.

Eso le costó la vida.

2 Losito, antes de poder salir es alcanzado en la cabeza por una esquirla de cohete antitanque que los hirió en la cabeza.

Pese al intenso combate, logró replegarse hacia una posición elevada.

En ese trayecto una bala de fusil FAL le alcanzó la pierna izquierda, hiriéndolo nuevamente de consideración.

Sin perjuicio de ello, continuó el combate, aún luego de que el jefe de la patrulla argentina decidió rendirse.

El fuego del entonces Teniente Primero Losito cesó solo cuando se desvaneció a causa de la perdida de sangre.

Losito fue atendido por los británicos y se convirtió en prisionero de guerra durante un mes.

En esa ocasión el Doctor Rick Jolly, jefe del staff médico inglés, sanó las heridas de Losito.

Después de la guerraDespués de la Guerra de las Malvinas, el Coronel "VGM" Losito ocupó importantes puestos en el Ejército, entre ellos el de Jefe del Regimiento Mecanizado 6 "General Viamonte" y Jefe de Observadores Militares en la MOMEP durante el conflicto Ecuador y Perú.

También sirvió como Agregado Militar y de Defensa en la Embajada Argentina en la República de Italia.

Es oficial de Estado Mayor, Comando, Instructor de Comando, Paracaidista y ostenta el título de Licenciado en Estrategia y Organización.

Juicio por violación de los derechos humanos

En junio de 2003 un juez federal (Carlos Skidelsky) ordenó el arresto de Losito y otros nueve militares, acusados de participar en la llamada “masacre de Margarita belén”, ocurrida en diciembre de 1976.

Al momento de emitirse la orden de arresto Losito se desempeñaba como agregado militar en la embajada argentina en Roma; entonces volvió a su país y se presentó a enfrentar la acusación, quedando detenido durante un mes hasta que sus abogados defensores consiguieron su libertad a través de un pedido de Habeas Corpus.

Este recurso se basaba en un conflicto de competencias, pues la defensa de Losito sostenía que el caso caía bajo la órbita de la Cámara Federal de Rosario y no del Chaco, donde actuaba Skidelsky.

La Cámara Federal de la ciudad de Resistencia hizo lugar al pedido y el Coronel Losito quedó en libertad, regresando entonces a su puesto en la embajada argentina en Italia.

El fallo de la Cámara significó un juicio político contra los jueces integrantes, del cual salieron absueltos posteriormente.

Agrupaciones políticas de izquierda y familiares de los fallecidos en Margarita Belén ejercieron presión sobre el gobierno argentino y en octubre del mismo año el entonces presidente Néstor Kirchner ordenó que el Coronel Losito abandonara el cargo de Agregado Militar y regresara a Argentina.

A comienzos de 2008 dio comienzo el juicio en la causan caratulada "Nicolaides y otros" , que finalizó en agosto de ese año con la condena de la mayoría de los acusados.

Durante ese juicio Horacio Losito se declaró inocente, argumentando que los hechos por los que se lo acusaba estaban teñidos de ambigüedad, que las pruebas en su contra no eran sustanciosas, que la acusación estaba viciada de nulidad absoluta por no ser clara, precisa y circunstanciada conforme a la ley vigente, que los testigos eran abarcados por las generales de la ley en virtud de tener un interés manifiesto en el resultado del proceso, por haber cobrado abultadas sumas de indemnización, que la identificación de su persona era descripta totalmente opuesta a su aspecto físico (lo idenficaron como bajito rubio de ojos claros); y declaró que en esa época él era un oficial subalterno sin capacidad de mando y en palabras textuales declaró "soy un combatiente del Ejército Argentino y siempre lo hice con la cara descubierta con el uniforme del ejército puesto y con el enemigo armado y no en forma solapada, en la noche, en la insidia, bajo ningún punto de vista, es una ofensa al honor militar".

Pese a esto, recibió la pena de 25 años de prisión, en inmediatamente sus familiares denunciaron esta sentencia como “un show mediatico”.

Losito quedó detenido en el cuartel de la Base de Apoyo Logístico de la Liguria, pasó por la Unidad penitenciaria Nro 7 (U7) de Resitencia y en agosto de 2008 se dispuso su traslado a una cárcel común en Campo de Mayo.

CondecoracionesDurante la movilización de las Fuerzas Armadas, con motivo de los conflictos con Chile, en el año l978, el entonces Teniente Losito, fue enviado a RIO TURBIO, Provincia de Santa Cruz, Argentina.

En esa oportunidad fue distinguido con una mención especial por el Comandante del Sector RIO TURBIO por la siguiente causa:

"Por valor en circunstancias críticas al arriesgar su vida en forma voluntaria para salvar material y equipo necesario para la prosecución de Operaciones Militares, a pesar que el mismo se encontraba dentro y próximo de un incendio de grandes proporciones y en medio de explosiones de material de voladuras".

Durante el conflicto en Malvinas recibió las siguientes condecoraciones por su actuación : "Del Congreso a la Campaña de Malvinas", "Herido en Combate" y al "Mérito Militar" (máximo reconocimiento que recibe un militar por una situación de combate) por la siguiente causa:

"Integrando una patrulla de Comandos de la cual era 2º Jefe, durante una operación de alto riesgo en terreno controlado por el enemigo, reaccionar con decisión ante el ataque sorpresivo de fuerzas notoriamente superiores y combatir con singular valentía ocasionando bajas al enemigo.

Pese a resultar herido en dos oportunidades durante el combate, continuar la acción hasta el límite de sus fuerzas, constituyendo un verdadero ejemplo para sus subordinados".

Losito se convirtió así en uno de los soldados argentinos, vivos, más condecorados de la guerra.

Parte de la Carta de la hija del Coronel….

“profesando siempre su INQUEBRANTABLE VOLUNTAD DE VENCER, superó todos los obstáculos, pero ahora se enfrenta a otro tipo de guerra, que en cierto modo desconocemos, lleno de venganza, ira, rencor y ambición por el poder y el dinero, lleno de CORRUPCIÓN y por sobre todo POLÍTICO.

Mi padre es un SOLDADO y como tal JAMÁS abandono ni abandonaría a un CAMARADA en la situación extrema que pudiera encontrarse, ya lo ha demostrado en variaso ocasiones.

Es paradójico como un hombre respetado, querido, admirado, seguido, condecorado, reconocido y prestigioso, pudo de un día para otro ser OLVIDADO, por aquellos que alguna vez lo han llamado héroe y transformado en una especie de disfraz de delincuente entregándolo a la voracidad de los feroces leones hambrientos de venganza.

Lo irónico de toda esta pesadilla que estamos viviendo en familia día a día, es que en esos oscuros y turbios años de los ’60 y ’70 donde se vivía una GUERRA TERRORISTA SUBVERSIVA y se combatió finalizándola, pudiendo hoy vivir en un País más tranquilo y no en una especie de Cuba Comunista, ni en una Colombia donde todavía existen cientos de rehenes y el miedo persiste en las calles, al igual que existen muchos casos como el de “Betancourt”.

Todavía tratan de combatir el terrorismo y no pueden.

Nosotros si pudimos, pero al parecer mi padre pasó a ser el ideólogo de todo, culpándolo de aberraciones que sucedieron cuando solo era un joven subteniente a teniente integrando una Brigada de solo 1.000 hombres.

POR FAVOR HAGAN MEMORIA COMPLETA!!!

Creo que cerrar los ojos, mirar hacia el costado y hacer oídos sordos a esta situación, bajando los brazos, diciendo que es tarde para hacer algo y no involucrarse (lo cual pienso, que en mayor o menor medida TODOS ESTAN INVOLUCRADOS, sino que “arroje la primer piedra…”), es la posición más cómoda a tomar.

Pero recuerden, NUNCA ES TARDE!

Siempre se puede hacer algo, la mínima acción, movilización, gestión o contacto, pasa a ser algo grande y además gratificante para nosotros y mismo para ustedes y sus conciencias.

Esta en una pelea de TODOS.

Hoy le toca poner el cuerpo y alma a mi padre, mañana…nadie lo sabe!

No se escondan, no huyan…pelen junto a nosotros, cuenten con nosotros… queremos contar con ustedes!!!

Es una Oportunidad para demostrar de qué valores están formados, es el momento de hacer una elección de caminos, el de la valentía, camaradería, o el camino de los tibios cobardes traidores, que como ratas se esconden y evaden una realidad que les compete.

Nunca es tarde, así ya tuviera la sentencia escrita y dictaminada, seguiremos peleando, no nos rendiremos jamás .

Mi padre es un soldado inocente, y jamás bajaremos los brazos, no nos van a ganar. Apelaremos las veces que sean necesarias, y llegaremos a las instancias que lo acredite.

No sabemos cuando terminara este calvario, pero si sabemos que juntos y con la ayuda que puedan brindarnos ahora y en los siguientes (días, meses, años) seremos más fuertes para poder enfrentar esta lucha, lucha en la que estamos llamados todos a enfrentarla y terminarla de una buena vez por todo.

Dios y su familia estamos PRESENTES y afrontamos este momento peleando junto a él, a su lado y JAMÁS bajaremos los brazos, porque sabemos la clase de persona que es mi Padre.

Hoy y siempre estaremos ORGULLOSOS de portar el apellido LOSITO y de esta manera ser parte de la Historia una vez más.

Lo que hace grande a mi Padre es su HUMILDAD, sus valores, virtudes, códigos intachables, bases sólidas y una esencia de HOMBRE Y SOLDADO ÚNICO.

Es esposo de Cristina Mauriño hace ya 31 años y padre de 5 hijos que siempre nos guiaron por el camino de la verdad, de la Fe y de Dios.

Ambos son nuestras fuentes de inspiración y orgullo y lo será SIEMPRE!"



¡LIBERTAD AL CORONEL LOSITO! ¡PRESO DEL IMPERIO!

sábado, 14 de mayo de 2011

PRISIONEROS DE GUERRA

Ante el cuadro de destrucción y disgregación de la Nación Argentina y conteste a la solicitud de “Los militares presos ante el proceso electoral”, es que envío estas escuetas líneas para su publicación.

1º.- Para buscar la Verdad y la Justicia debemos nominar las cosas por su nombre.

2º.- Los encarcelados en los campos de concentración, son verdaderos Prisioneros de Guerra.

No de otra manera se puede nominar la condición a la que están sometidos los militares que combatieron la subversión apátrida por orden superior del Comandante en Jefe de las FFAA en su calidad de Presidente de la Nación Argentina, como lo fue el Gral. Perón, como a los que guerrearon contra los piratas ingleses en el Atlántico Sur.

3º.- Si hay prisioneros de guerra que los están vejando y matando lenta e inmisericordemente en campos de concentración en nuestro propio territorio, es que ya hay una nación, sino vencida, al menos ocupada.

4º.- Esta Guerra Seca a que estamos sometidos, antesala de la disgregación y desintegración de la Argentina se está dando en todos los planos:

En el plano social, cultural y religioso. La sanción de la ley de amancebamiento legal entre putos aprobada el año pasado por todos los bloques partidarios, rompe el orden social de la familia y la comunión de generaciones que se crea en la estructura familiar, base de la existencia del pueblo y de la nación.

Con esta ley se disuelve el alma de la Nación Argentina, quedando solamente un estado recaudador, que a todas luces es enemigo de Dios, de la familia y de nuestra nación.

La ley de educación sexual, nacional y obligatoria, con las modificaciones del Código Civil de la antedicha inicua ley, va a intentar dar el tiro de gracia a nuestro pueblo, prostituyendo a los niños a partir del jardín de infantes.

La guerra social a través de la introducción y comercialización de la droga, el caos organizado que alienta -para dar solamente un ejemplo- a que se ocupen y construyan viviendas en los terrenos del estado, como sucede ante la vista de todos y de la propia Policía Federal, en la Estación Retiro de los FFCC, es sólo un botón de muestra de esta verdadera guerra a que estamos sometidos.

Cuadros armados y entrenados desde el mismo ejecutivo para tomar escuelas, universidades; entorpecer el tránsito, sabotear los medios masivos de transporte para generar el caos y un ambiente creciente de inseguridad.

La total destrucción y aniquilamiento de las FFAA, como ahora le toca el turno a la Gendarmería y Policía Federal, son la antesala de la disgregación nacional, que ha comenzado con la invasión territorial, tanto en la Cordillera, donde hemos cedido la soberanía a empresas mineras anglo-canadienses, australianas y angloamericanas mediante el Convenio Minero Argentino-Chileno (ley 25.243 del 23/03/2000), como en el Atlántico con la oficialización operativa del aeropuerto inglés en Río Negro, que funciona como cabecera de playa de los británicos en la Patagonia desde la fortaleza Malvinas.

Esta invasión territorial se complementa con la operación británica de crear Estados Independientes Plurinacionales dentro de nuestro territorio mediante la mascarada de “los Pueblos Originarios”.

5º.- Se llama Guerra Seca, ya que no es una guerra convencional con ejércitos y enfrentamiento bélico, sino que se da en la anomia, la desobediencia y la injusticia, pues como dijo SS Benedicto XVI en su primer encíclica:

“Un estado que no se rigiera por la justicia se reduciría a una gran banda de ladrones”,

con el agravante que acá hay algo más que una banda de ladrones, ya que los tres poderes del Estado Nacional y la oposición partidocrática responden a esta verdadera Cultura de la Muerte, esta sinarquía mundial, cuyo cerebro y tentáculos están en Londres y que a partir de la Guerra de Malvinas, está decidida a desintegrar nuestra Nación en varias republiquetas.

Con la confianza puesta en la Generala de los Ejércitos de San Martín y Belgrano, que nos protege, reúne e impulsa a alcanzar nuestro destino como Pueblo y Nación, me despido implorando al Altísimo para que nos anime a los varones a derrotar el miedo y la cobardía, para poder así llamar las cosas por su nombre.

José Antonio Gradín
San Luis