AMIA:
El Memorándum a la Corte y con riesgo de conflicto de poderes
Ricardo Lorenzetti dijo lo suyo en el acto de conmemoración de los 150 años
de la Corte Suprema.
Algunas frases, como por ejemplo, “las decisiones de la mayoría pueden ser declaradas inconstitucionales”, fueron mensajes precisos.
Pero no fue menos obvio que el presidente de la Corte eludió esmeradamente la confrontación directa y hasta hizo algunas concesiones políticas al declararse a favor de que los magistrados paguen el impuesto a las ganancias.
Entre la Corte y la Casa Rosada parece prevalecer cierta prudencia, porque también es obvio que en las últimas semanas el gobierno amainó la intensidad de sus ataques a la justicia.
En consonancia con esto, una experimentada operadora cristinista, como es Hebe de Bonafini, interrumpió su anunciado ciclo de escraches públicos sobre aspectos de la trayectoria de los ministros de la Corte.
La mayor presión sobre éstos proviene hoy de las propias filas judiciales, o sea, del lobby encabezado por la Procuradora Alejandra Gils Carbó, que afirmó que “el sistema judicial es corporativo, autoritario, burócrata y oscurantista” en el encuentro de Justicia Legítima, una especie de La Cámpora judicial.
Las amenazas de inminentes proyectos “democratizadores” de la justicia pende sobre la Corte. Pero se trata de iniciativas todavía difusas y bastante imprecisas. Mucho más que otro tema que podría interponerse rápidamente en las relaciones entre el máximo tribunal y la Casa Rosada.
Ayer, el plenario de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Constitucionales y Justicia de la Cámara de Diputados emitió un dictamen de mayoría sobre el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo respecto del Memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán, para avanzar en la investigación del atentado a la AMIA.
El bloque de diputados del Frente para la Victoria, junto a sus aliados, reunió 59 firmas, mientras que los restantes diputados se repartieron entre un dictamen que encabeza Jorge Yoma y otro de Elisa Carrió.
Ante este panorama, el oficialismo buscará hoy el quórum necesario para convertir en ley el Memorándum, pese al rechazo unánime de los bloques de oposición y de las entidades de la comunidad judía, que confirmaron que “no acompañarán” la iniciativa del Ejecutivo.
Así las cosas, los representantes de la AMIA y demás entidades judías y también los legisladores de la oposición, quedarían habilitados para impugnar judicialmente el oscuro Memorándum de Entendimiento con Irán.
Pero el caso presenta una particularidad.
El artículo 116 de la Constitución Nacional dispone: “Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación, con la reserva hecha en el inciso 12 del artículo 75:
y por los tratados con las naciones extranjeras: de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros:
de las causas de almirantazgo y jurisdicción marítima: de los asuntos en que la Nación sea parte: de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero”.
Es decir que la Corte tiene competencia originaria en todas “las causas que versen sobre tratados” y el Memorándum entrará en esta última categoría.
Los temas de competencia originaria impiden que cualquier otro tribunal pueda intervenir en los mismos.
Como es obvio, si se planteara la inconstitucionalidad del Memorándum, que adolece de incontables defectos jurídicos, la sentencia que dictara la Corte sería inapelable. Sólo quedaría interponer, ante el mismo tribunal, el recurso de reposición o revocatoria.
Resulta difícil pensar, por otra parte, que la Corte le niegue la legitimación activa para recurrir ante ella a las víctimas del atentado contra la AMIA, que pueden verse seriamente afectadas por la aplicación del engendro jurídico del Memorándum, que parece ser el punto de partida hacia la desincriminación de los funcionarios y ex funcionarios iraníes imputados por el acto terrorista.
En la causa Clarín, donde se debate la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la ley de medios audiovisuales, tarde o temprano la Corte tendrá que dar la última palabra, y tal vez esto implique el comienzo de un conflicto político institucional de proporciones.
Esta situación se adelantaría ahora.
Si por ejemplo la Corte resolviera que el Memorándum es inconstitucional, el acuerdo con Irán se desplomaría como un castillo de naipes y el gobierno quedaría sumamente debilitado.
Un costo que, en las actuales circunstancias y en un año electoral, la presidente sencillamente no puede pagar.
En el caso de la AMIA, lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución acelera los tiempos. No hay intervención posible de los tribunales inferiores ni instancia intermedia alguna.
Todo indica que la enorme presión acumulada en torno al extraño acuerdo con Irán se trasladaría rápidamente al cuarto piso del Palacio de Justicia.
Pero además hay un agravante:
en la Corte continúa tramitándose, once años después, la irresuelta investigación sobre el atentado que destruyó la embajada de Israel en Buenos Aires el 17 de marzo de 1992, con un saldo de 29 muertos y 242 heridos.
Algunas frases, como por ejemplo, “las decisiones de la mayoría pueden ser declaradas inconstitucionales”, fueron mensajes precisos.
Pero no fue menos obvio que el presidente de la Corte eludió esmeradamente la confrontación directa y hasta hizo algunas concesiones políticas al declararse a favor de que los magistrados paguen el impuesto a las ganancias.
Entre la Corte y la Casa Rosada parece prevalecer cierta prudencia, porque también es obvio que en las últimas semanas el gobierno amainó la intensidad de sus ataques a la justicia.
En consonancia con esto, una experimentada operadora cristinista, como es Hebe de Bonafini, interrumpió su anunciado ciclo de escraches públicos sobre aspectos de la trayectoria de los ministros de la Corte.
La mayor presión sobre éstos proviene hoy de las propias filas judiciales, o sea, del lobby encabezado por la Procuradora Alejandra Gils Carbó, que afirmó que “el sistema judicial es corporativo, autoritario, burócrata y oscurantista” en el encuentro de Justicia Legítima, una especie de La Cámpora judicial.
Las amenazas de inminentes proyectos “democratizadores” de la justicia pende sobre la Corte. Pero se trata de iniciativas todavía difusas y bastante imprecisas. Mucho más que otro tema que podría interponerse rápidamente en las relaciones entre el máximo tribunal y la Casa Rosada.
Ayer, el plenario de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Constitucionales y Justicia de la Cámara de Diputados emitió un dictamen de mayoría sobre el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo respecto del Memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán, para avanzar en la investigación del atentado a la AMIA.
El bloque de diputados del Frente para la Victoria, junto a sus aliados, reunió 59 firmas, mientras que los restantes diputados se repartieron entre un dictamen que encabeza Jorge Yoma y otro de Elisa Carrió.
Ante este panorama, el oficialismo buscará hoy el quórum necesario para convertir en ley el Memorándum, pese al rechazo unánime de los bloques de oposición y de las entidades de la comunidad judía, que confirmaron que “no acompañarán” la iniciativa del Ejecutivo.
Una crisis que se adelanta
Ahora, ni bien el Congreso sancione el proyecto, que tiene jerarquía legal de tratado, el mismo será promulgado por el Poder Ejecutivo, sumamente urgido en cumplir este controvertido acuerdo político.Así las cosas, los representantes de la AMIA y demás entidades judías y también los legisladores de la oposición, quedarían habilitados para impugnar judicialmente el oscuro Memorándum de Entendimiento con Irán.
Pero el caso presenta una particularidad.
El artículo 116 de la Constitución Nacional dispone: “Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación, con la reserva hecha en el inciso 12 del artículo 75:
y por los tratados con las naciones extranjeras: de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros:
de las causas de almirantazgo y jurisdicción marítima: de los asuntos en que la Nación sea parte: de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero”.
Es decir que la Corte tiene competencia originaria en todas “las causas que versen sobre tratados” y el Memorándum entrará en esta última categoría.
Los temas de competencia originaria impiden que cualquier otro tribunal pueda intervenir en los mismos.
Como es obvio, si se planteara la inconstitucionalidad del Memorándum, que adolece de incontables defectos jurídicos, la sentencia que dictara la Corte sería inapelable. Sólo quedaría interponer, ante el mismo tribunal, el recurso de reposición o revocatoria.
Resulta difícil pensar, por otra parte, que la Corte le niegue la legitimación activa para recurrir ante ella a las víctimas del atentado contra la AMIA, que pueden verse seriamente afectadas por la aplicación del engendro jurídico del Memorándum, que parece ser el punto de partida hacia la desincriminación de los funcionarios y ex funcionarios iraníes imputados por el acto terrorista.
En la causa Clarín, donde se debate la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la ley de medios audiovisuales, tarde o temprano la Corte tendrá que dar la última palabra, y tal vez esto implique el comienzo de un conflicto político institucional de proporciones.
Esta situación se adelantaría ahora.
Si por ejemplo la Corte resolviera que el Memorándum es inconstitucional, el acuerdo con Irán se desplomaría como un castillo de naipes y el gobierno quedaría sumamente debilitado.
Un costo que, en las actuales circunstancias y en un año electoral, la presidente sencillamente no puede pagar.
En el caso de la AMIA, lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución acelera los tiempos. No hay intervención posible de los tribunales inferiores ni instancia intermedia alguna.
Todo indica que la enorme presión acumulada en torno al extraño acuerdo con Irán se trasladaría rápidamente al cuarto piso del Palacio de Justicia.
Pero además hay un agravante:
en la Corte continúa tramitándose, once años después, la irresuelta investigación sobre el atentado que destruyó la embajada de Israel en Buenos Aires el 17 de marzo de 1992, con un saldo de 29 muertos y 242 heridos.
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