Cuando creímos que todas las "víctimas", (las desaparecidas y las aparecidas) habían sido indemnizadas; cuando los Jefes Militares y Terroristas habían sido condenados e indultados; cuando todo estaba listo para sellar el pasado y seguir adelante, se sanciona, en 1998, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Fue incorporado al ordenamiento legal argentino, mediante la Ley 26200 con jerarquía constitucional, publicada el 9 de enero de 2007.
Desde entonces, supuestos crímenes -que en el extremo caso de poder ser probados se hallan prescriptos- resucitaron.
Resucitaron según la visión parcializada de los mal llamados organismos defensores de los Derechos Humanos porque el mismo Estatuto de Roma dice en su artículo 24 "Irretroactividad ratione personae. 1.
Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor."
El Estatuto de Roma tipifica el delito de lesa humanidad desde su entrada en vigencia (9 de enero de 2007) en adelante.
No existen delitos de lesa humanidad en nuestro país anteriores a esa fecha.
La parcialidad comenzó a revisar las condenas a militares y volvió a llevarlos a juicio.
En algunos casos como el emblemático Martínez de Hoz, que había sido absuelto por la Justicia es vuelto a enjuiciar, lo que significa un doble juzgamiento prohibido por nuestra Constitución, por el Estatuto de Roma y todos los Tratados y Convenios firmados por la Argentina con el extranjero.
También fueron perseguidos crímenes que ya habían sido indultados y en otros casos, comenzaron a juzgarse NUEVOS CRÍMENES que nunca antes habían sido denunciados en los más de treinta años transcurridos, como el del caso de Luis Abelardo Patti.
Algún secuestrado o torturado, despertó una mañana casi cuarenta años después y, simplemente, recordó e hizo la denuncia.
Todo ello en el marco del delito de lesa humanidad, que no puede aplicarse retroactivamente.
COMENZARON LOS JUICIOS
Los nuevos juicios lanzaron al mundo víctimas como Jorge Julio López, quien había "olvidado" sus torturas y sus victimarios, pero que fue recordando, poco a poco, gracias al ingente trabajo de profesionales que lo "ayudaron" a recordar.
Un hecho casi desapercibido lo configuran los embargos millonarios sobre el patrimonio de los acusados.
Por ejemplo, en el caso de Pablo Eduardo García Velasco, el procesamiento fue acompañado por un embargo sobre su patrimonio de 710 millones de pesos.
En el caso del Tigre Acosta la suma es más modesta, llega a 97 millones.
Para Alfredo Astiz es de 93 millones y el resto de los embargos de la megacausa ESMA, van entre los 40 a 500 millones de dólares, llegando a la suma de 1000 en total.
Según lo que las Madres de Plaza de Mayo, línea Fundadora han publicado en su página de Internet, el monto total del embargo de bienes de los militares involucrados en la megacausa ESMA haciende a 7139 millones.
En el caso del suboficial retirado Carlos Gaitán, fue embargado por 163 millones de dólares, suma a la que llegó el Juez Torres, multiplicando por de 257 mil, cada una de las 635 violaciones a los derechos humanos.
Luciano Benjamín Menéndez fue embargado -sólo por delitos cometidos en San Luis- por la suma de tres millones de pesos.
Los perseguidos a este ex-militar en la provincia de San Juan, llegan a treinta millones de pesos.
Estos montos parecerían simbólicos, como aquellos fallos extranjeros en los que a una persona se la condena a 1000 años de prisión.
Los militares involucrados no tienen solvencia para afrontar semejantes indemnizaciones.
La ciudadanía ha tratado con indiferencia los nuevos juicios a militares y policías por la represión.
Un creciente fastidio por cuestiones del pasado abandona a los militares y policías a su suerte, en las garras de sus "víctimas".
¿Cuál será la reacción de esa ciudadanía si descubre que estos nuevos juicios millonarios serán pagados por ella misma con sus impuestos?
El crimen de lesa humanidad, por definición, involucra al Estado.
Hasta el cansancio, los mal llamados organismos defensores de los Derechos Humanos han diferenciado el delito de lesa humanidad del terrorismo; el de lesa humanidad sólo podría realizarse desde el Estado.
Alguna opinión de la Corte Suprema de Justicia ha apoyado esta postura.
El crimen de lesa humanidad se produce con autorización, apoyo o aquiescencia del Estado o de alguna organización guerrillera.
Un Estado cómplice, que como todo cómplice es solidariamente responsable por el pago de indemnizaciones.
Repito:
EL ESTADO ARGENTINO ES SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE DE LAS INDEMNIZACIONES MILLONARIAS DE LOS NUEVOS JUICIOS.
Esto es lo que las organizaciones de derechos humanos no le explican a la ciudadanía.
Sólo se habla de embargos sobre el patrimonio de los acusados, no de la responsabilidad última del Estado.
En este momento hay alrededor de 865 militares, policías y civiles en proceso por delitos de lesa humanidad, dice Eduardo Luis Duhalde que faltan otros 1050.
Si multiplicamos los ya detenidos (865) por -un promedio por cabeza - de cincuenta millones de dólares (suma bastante conservadora), superamos los U$S 43.250.000.000 CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES.
La cuenta es tentativa porque estamos hablando de embargos y no de condenas; no sabemos a cuánto ascenderán las indemnizaciones y costas en las condenas pero, en cualquier caso, éstas serán pagadas por el Estado.
La ciudadanía todavía no ha podido acceder a las listas de las personas que recibieron indemnizaciones del Estado por haber estado "desaparecidas" o por tener un familiar "desaparecido".
Tampoco ha podido conocer el monto de dinero que les fue pagado.
¿No podría ser que alguna de estas personas ya hubiese sido indemnizada y vuelva a reclamarle al Estado?
La falta de transparencia, el manejo espurio de la Justicia cuando no, directamente, el prevaricato, está destrozando vidas y mortificando por encima de lo legal a los militares y policías acusados pero, también, están exponiendo al Estado a un saqueo intolerable.
Con menos de la cuarta parte de lo que está en juego, los jubilados podrían cobrar el 82% móvil al que tienen derecho.
Hambrearlos sí es un delito de lesa humanidad y el Estatuto de Roma, ya se encuentra vigente.
Dra. Andrea Palomas-Alarcón
No hay comentarios:
Publicar un comentario